Los proyectos SURGE y MEMTA pertenecen al Plan Nacional de Transformación, Recuperación y Resiliencia formado por el Gobierno de España y la Comisión Europea que dota de fondos para su desarrollo.
Estos proyectos corresponden al “Plan Nacional de Competencias Digitales” y a las “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”. Tienen como finalidad mejorar la accesibilidad a la transformación productiva, incidiendo en la mejora hacia la economía verde y digital; y afrontar el reto demográfico.
Una única empresa no podrá recibir un importe superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales o de 100.000 euros de ayudas a empresas del sector del transporte por carretera.
No podrá concederse a empresas de los siguientes sectores: pesca y agricultura, producción primaria de los productos agrícolas y actividades relacionadas con la exportación a terceres países o estados miembros.
Para obtener las subvenciones se deben cumplir una serie de requisitos exigidos:
- No haber sido sancionadas con la exclusión del acceso de ayudas y veneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con las Seguridad Social y no tener dudas de pago con Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, demostrándolo con su debida autorización.
- No haber sido sancionada mediante resolución administración firme ni por sentencia judicial firme debida a discriminación por razón de género. Se acreditará a través de una declaración responsable del solicitante.
- No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de personas LGTBI. Se acreditará a través de una declaración responsable del solicitante.
- No haber sido sancionada mediante resolución firme acciones u omisiones contrarias a la memoria democrática de Aragón. Se acreditará a través de una declaración responsable del solicitante.
¿De qué trata el proyecto SURGE?
SURGE son las siglas de las subvenciones urgentes para la generación de empleo que contribuyan a la contratación de trabajadores por cuenta ajena y al desarrollo local en el ámbito de empleos verdes y digitales creados por microempresas y emprendedores autónomos ubicadas en municipios y núcleos de población aragoneses de menos de 30.000 habitantes.
Tiene 2 líneas de subvenciones con el objetivo de crear:
- Empleos verdes que contribuyen a la transición ecológica
- Empleos en competencias digitales que favorezcan transición digital.
Los objetivos de este proyecto son:
- Las microempresas y personas trabajadoras autónomas en municipios y núcleos de población de la Comunidad Autónoma de Aragón de menos de 30.000 habitantes. que generen empleos por cuenta ajena.
- Que las personas contratadas que vivan en municipios y núcleos de población de menos de 30.000 habitantes
- Que se mantengan los nuevos empleos al menos durante 6 meses
- Como mínimo el 25% de las iniciativas que generen empleo pertenezcan a empleos verde que ayuden con la transición ecológica y otro 25% a empleos digitales que cooperen con la transición digital.
Requisitos de las subvenciones
Las microempresas y las personas trabajadoras autónomas tienen como requisitos para optar para la subvención:
- Tener menos de 10 personas y volumen anual o balance general anual no supere los 2 millones de euros.
- Que el centro de trabajo se encuentre en un municipio o núcleo de población de menos de 30.000 habitantes.
- No podrá beneficiarse de más de una línea de subvención a la vez.
- El contrato, tendrá una duración mínima de seis meses, se utilizará la modalidad de contrato que mejor se adapte al objeto de este, teniendo en cuenta las exclusiones.
- La jornada de trabajo será a tiempo completo.
- El contrato se formalizará por escrito y se incluirá en el mismo una cláusula para la información y conocimiento de la persona contratada con la indicación “Proyecto SURGE”.
- Las empresas beneficiarias deberán mantener durante un período mínimo de seis meses, el nivel de empleo alcanzado tras el nuevo contrato subvencionado.
Existen diversas exclusiones entre las cuales están que no podrán optar los contratos fijos discontinuos, los contratos de servicio del hogar familiar o las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2.º grado inclusive; entre otros. Para más información consultar en el artículo.
La cuantía de la subvención que percibirá cada empresa beneficiaria será como máximo 5.000€.
Plazo de solicitud: será de 15 días desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora, destinataria final de la subvención.
Documentos que se deben aportar:
La solicitud debe contener en que apartado clasifica el nuevo empleo: empleo verde, en competencias digitales o ambas.
Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones para acceso a la subvención.
En la que debe constar:
- Cumple las obligaciones por reintegro de las subvenciones.
- Que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previas.
- Que no ha obtenido o solicitado otras subvenciones para la misma finalidad.
- La persona contratada no es cónyuge, ascendiente, descendiente o pariente por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive y que la persona contratada no tiene condición de socia con más del 33% del capital social.
- Que la persona contratada no ha tenido una relación laboral con la misma empresa o grupo de empresarios en los 6 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato.
- Cumple todos los requisitos para ser beneficiaria de la subvención.
- Documento acreditativo de la representación de la persona jurídica, salvo solicitud de certificado digital.
- Tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
- La declaración responsable de aducación al proyecto, la declaración de cesión y tratamiento de datos relacionados con el Plan de Recuperación, Transformación Y Resiliencia y declaración responsable relativa al compromiso de los principios establecidos; todas estas declaraciones se pueden descargar en la página web del Gobierno de Aragón.
- Contrato firmado por ambas partes y formalizado por escrito, el cual deberá escribir la siguiente clausula: “Proyecto SURGE. Gobierno de Aragón. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.
- Documento por la persona contratada, denominado “Autorización para Consulta de datos de la persona trabajadora contratada. Información a la persona contratada acerca de la financiación del programa por la Unión Europea-Next Generation UE”.
- Justificante de solicitud, en el caso de que la persona contratada tenga un grado de discapacidad.
Resolución: Se realizará en un plazo máximo de 2 meses a partir de la presentación y se notificará la resolución de forma telemática e individualiza. Una vez agotado el crédito presupuesto se denegarán las subvenciones por falta de disponibilidad presupuestaria.
¿Cómo funciona el proyecto MEMTA?
MEMTA concierne las subvenciones para el mantenimiento del empleo en microempresas, trabajadores autónomos, cooperativas y sociedades laborales en las que facilita la transformación productiva de estas empresas hacia una economía verde y digital por medio de iniciativas emprendidas en este sentido.
Dicha actividad empresarial debe desarrollarse en municipios y núcleos de población de menos de 5.000 habitantes, donde las empresas beneficiarias han de tener, al menos, un centro de trabajo.
Se podrá optar a través de dos líneas de subvención:
- Mantener el empleo que permita facilitar la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital.
- Favorezcan el cambio hacia formas de producción sostenibles y más respetuosas con el medio ambiente o más digitalizadas.
Los objetivos de este MEMTA:
- Promover el mantenimiento del empleo asalariado por parte de microempresas, personas trabajadoras autónomas, cooperativas y sociedades laborales con respecto a centros de trabajo ubicados en municipios o núcleos de población de la Comunidad Autónoma de Aragón de menos de 5.000 habitantes.
- Mantener durante 6 meses desde la fecha de solicitud el número de trabajadores en las plantillas tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
- Que, las empresas realicen, como mínimo el 25% de las actuaciones para la transformación de su actividad hacia la economía verde y otro 25% de las actuaciones que faciliten la transformación digital de su actividad.
Requisitos de las subvenciones
- Contar con algún empleado en la plantilla.
- El centro de trabajo tiene que estar situado en un municipio o núcleo de menos de 5.000 habitantes.
- Emplear a menos de 10 personas.
- El volumen de negocios anual o su balance general anual no supere los 2 millones de euros.
- Ninguna empresa podrá ser beneficiaria de más de una línea de subvención simultáneamente.
La cuantía de la subvención podrá ser, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa beneficiaria, correspondiendo 2.500 euros a tanto alzado por cada trabajador por cuenta ajena que figurase contratado mediante contrato temporal o indefinido por la empresa.
Plazo de solicitud: desde la entrada en vigor de la presente convocatoria (14 febrero de 2022) hasta el 16 de mayo de 2022, ambos inclusive.
La solicitud debe contener:
- Número de trabajadores en el momento de la solicitud.
- Centro de trabajo.
- El municipio o núcleo de población de menos de 5.000 habitantes.
- Compromiso de la entidad de realizar una actuación que contribuya a la transición hacia una economía verde o a la transformación digital.
Deberá participar en los talleres de apoyo y difusión para favorecer la transición.
Documentos necesarios
- Acreditación de la representación de la persona jurídica, a no ser que se presente con certificado digital.
- La tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
- La declaración responsable de aducación al proyecto, la declaración de cesión y tratamiento de datos relacionados con el Plan de Recuperación, Transformación Y Resiliencia y declaración responsable relativa al compromiso de los principios establecidos; todas estas declaraciones se pueden descargar en la página web del Gobierno de Aragón.
Resolución: se realizará en un plazo máximo de 2 meses a partir de la presentación y se notificará la resolución de forma telemática e individualiza. Una vez agotado el crédito presupuesto se denegarán las subvenciones por falta de disponibilidad presupuestaria.
Pago de subvenciones: una vez aprobada la subvención se pagará anticipadamente el 50% del importe de esta y el 50% restante se abonará en atención a la justificación por la empresa del compromiso pactado.
Justificante: pasados 6 meses desde la presentación de la solicitud de la subvención se deberá presentar una memoria justificativa y económica de manera telemática en la que se indique:
- Mantenimiento en el empleo el mismo número de trabajadores con que contaba la empresa o entidad en el momento de solicitar la subvención.
- Actuaciones para la transición hacia la economía verde o la transformación digital.
- Participación en taller para la transformación verde o la transformación digital.
- Medidas de difusión adoptadas.
- Detalle de otros ingresos o subvenciones obtenidos, en su caso, para el mismo proyecto, con indicación del importe y su procedencia.
- Declaración del beneficiario acreditativa de que el módulo de la subvención otorgada ha compensado en parte los costes salariales de los trabajadores asalariados tal y como prevé el artículo 14.2 de la Orden EPE/1742/2021, de 15 de diciembre.
El modelo de “Memoria justificativa y económica” se encuentra en la página web del Gobierno de Aragón.
Para cualquier consulta, ampliación descriptiva de esta información podéis contactar con nosotros mediante el formulario de nuestra página web o llamando al 976 25 99 50, estaremos encantados de ayudaros.
