Topes de cotización a la Seguridad Social en 2015

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La Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, publicada en el BOE el 31 de enero de 2015, desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social para el año 2015.

 Dicha Orden entró en vigor el pasado 1 de febrero de 2015, con efectos desde el día 1 de enero de 2015.

 Las variaciones más importantes respecto a las cotizaciones del año 2014 se encuentran en las cuantías, para este año 2015 el tope máximo de cotización aumenta hasta 3.606, 00 € y el tope mínimo de cotización es de 756, 60 €.

 A continuación, vamos a exponer los topes máximos y mínimos según cada grupo de cotización en el Régimen General:

Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimasEuros/mesBases máximasEuros/mes
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores1.056,903.606,00
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados876,603.606,00
3Jefes Administrativos y de Taller762,603.606,00
4Ayudantes no Titulados756,603.606,00
5Oficiales Administrativos756,603.606,00
6Subalternos756,603.606,00
7Auxiliares Administrativos756,603.606,00

 

Grupo de cotizaciónCategorías profesionales  Bases mínimasEuros/díaBases máximasEuros/día
8Oficiales de primera y segunda25,22120,20
9Oficiales de tercera y Especialistas25,22120,20
10Peones25,22120,20
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional25,22120,20

 

Los topes máximos y mínimos de cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, aparece en el artículo 14 de la Orden, y son los siguientes:

TramoRetribución mensual incrementada con la proporción de pagas extraordinariasEuros/mesBase de cotizaciónEuros/mes
1.ºHasta 172,91148,60
2.ºDesde 172,92 hasta 270,10245,84
3.ºDesde 270,11 hasta 367,40343,10
4.ºDesde 367,41 hasta 464,70440,36
5.ºDesde 464,71 hasta 561,90537,63
6.ºDesde 561,91 hasta 658,40634,89
7.ºDesde 658,41 hasta 756,60756,60
8.ºDesde 756,61794,60

 

Para el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la base mínima de cotización aumenta a 884, 40 € y la base máxima a 3.606, 00 €.

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