Las Prestaciones de maternidad están exentas de IRPF

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Una sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018, nº 1462/2018 fija doctrina legal sobre si las prestaciones por maternidad debían tributar.

Hasta la fecha Hacienda defendía que estas ayudas deben pagar IRPF pero algunos juzgados habían fallado en contra de este criterio. La nueva sentencia aclara la situación y establece que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF.
Con ello se podrá reclamar en caso de que se haya tributado por las prestaciones de maternidad durante los años 2014 a 2017 ya que los años anteriores ya han prescrito.

La Agencia Tributaria tendrá en cuenta el criterio del Tribunal Supremo, que ha declarado nulas las retenciones en el IRPF por las prestaciones por maternidad.

El Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad están exentas en el IRPF.
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad.

No solo las madres pueden solicitar la devolución, los padres que hayan percibido dicha prestación al cedérsela la madre también podrán reclamar.

Para cualquier consulta, ampliación descriptiva de esta información podéis contactar con nosotros mediante el formulario de nuestra página web o llamando al 976 25 99 50, estaremos encantados de ayudaros.

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