El pasado 1 de noviembre de 2018 entró en vigor la Ley 10/2018, de 6 de septiembre que aparece en el BOA de 20 de septiembre de 2018 en la que se modifican distintos aspectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En el Impuesto de Sucesiones:
– Aumenta la reducción para cónyuges, ascendientes y descendientes de 150.000 euros a 500.000 euros, sin límite de patrimonio preexistente.
– Se eleva la reducción para hermanos a 15.000 euros.
– Reducción del 100% en la adquisición de la vivienda habitual con el límite de 200.000 euros y bonificación del 65% para la vivienda habitual que tenga un valor inferior a 300.000 euros.
– En cuanto a la empresa y negocio familiar para los cónyuges, ascendientes y descendientes existe una reducción del 99%. Para otros causahabientes la reducción es del 50% y del 70% para entidades de reducida dimensión.
– Reducción del 100% para cónyuge, ascendientes o descendientes del víctima de violencia de género o actos de terrorismo.
En el Impuesto sobre Donaciones:
– Bonificación del 65% para cónyuges e hijos en donaciones iguales o inferiores a 500.000 euros.
– Reducción de hasta 250.000 euros en donaciones a hijos para su primera vivienda habitual, el patrimonio preexistente del hijo debe ser inferior a 100.000 euros.
En esta Ley también aparece reflejada la equiparación de la pareja estable no casada con el cónyuge, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en el Código Foral de Aragón.
Para cualquier consulta, ampliación descriptiva de esta información podéis contactar con nosotros mediante el formulario de nuestra página web o llamando al 976 25 99 50, estaremos encantados de ayudaros.
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