Las mujeres con dos o más hijos que se jubilen a partir de enero de 2016 verán incrementada su pensión de jubilación, invalidez, o viudedad.
Todo ello gracias al recientemente introducido “Complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social” por la Ley 48/2015 de PGEº 2016 en el artículo 50 bis, que modifica el texto refundido de Ley General de la Seguridad Social, con aplicación a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente causadas a partir de la fecha del 1 de enero de 2016 .
Consiste en un complemento de pensión, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. El complemento consiste en el resultado de la aplicación a la cuantía inicial de las citadas pensiones un porcentaje en función del número de hijos según la siguiente escala:
- con 2 hijos, 5%;
- con 3 hijos, 10%;
- con 4 o más hijos, 15%.
Para cualquier consulta o aclaración no dudéis en contactar con nosotros 976 25 99 50.
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