La Orden HAP/79/2016, de 5 de Febrero publicada en el BOA el 23 de Febrero de 2016, por la que se da publicidad al Acuerdo de 26 de enero de 2016, mediante el cual, desde el día siguiente a la publicación de este Acuerdo, no se exigirán garantías en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas correspondientes a tributos propios cuando su importe no exceda de 30. 000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago.
A los procedimientos que en el momento de la entrada en vigor de este Acuerdo no hubiesen sido resueltos les será de aplicación lo dispuesto en el mismo.
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=894967025151
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