Las bases de cotización para el año 2018 aparecen recogidas en la Orden ESS/55/2017, de 26 de enero, surtiendo efecto desde el 1 de enero de 2018.
Régimen General
Para los trabajadores en Régimen General y agrarios por cuenta ajena la base de cotización máxima es de 3.751, 20 euros al mes y la base mínima de 858, 60 euros al mes. Si se cotiza por jornadas reales la base máxima es de 163, 10 euros al mes.
Empleados de Hogar
Para los empleados de hogar se recoge un tipo de cotización por contingencias comunes del 27, 40% (22, 85% a cargo del empleador y 4, 55% a cargo del empleado). Además existe una reducción para los empleadores del 20% en la cotización, y si se trata de familias numerosas esta reducción será de hasta el 45%.
Autónomos y trabajadores por cuenta propia Agrarios
La base de cotización máxima para los autónomos y trabajadores por cuenta propia agrarios es de 3.751, 20 euros al mes y la base mínima de 919, 80 euros al mes.
Otros supuestos
Los trabajadores que a 1 de enero de 2018 sean menores de 47 años o se incorporen al RETA pueden elegir cualquiera de las bases de cotización existentes entre la base mínima (919, 80 euros mensuales para el año 2018) y la base máxima (3.751, 20 euros mensuales para el año 2018).
Para los trabajadores que a 1 de enero de 2018 tengan 47 años, si su base de cotización es de 2.023, 50 euros mensuales o superior, podrán elegir entre los límites de la base mínima y la máxima. Si, por el contrario, su base de cotización es inferior a 2.023, 50 euros mensuales, no podrán elegir una base de cotización superior a 2.023, 50 euros mensuales, salvo que ejerciten la opción antes del 30 de junio de 2018 con efectos desde el 1 de julio de 2018.
La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2018 tengan 48 años o más de edad estará comprendida entre las cuantías de 992, 10 euros mensuales y 2.023, 50 euros mensuales (en el año 2018).
La base de cotización de los trabajadores autónomos que antes de los 50 años han cotizado 5 años o más en cualquier Régimen de la Seguridad Social se encuentra comprendida entre 919, 80 y 2.023, 50 euros mensuales, si tiene una base de cotización superior, ésta incrementada en un 3%.
La base mínima para los autónomos societarios es de 1.199, 10 euros mensuales manteniendo su vinculación a la base mínima para los trabajadores del grupo de cotización 1 del Régimen General hasta que sea fijada en la Ley de Presupuestos.
La base de cotización máxima para los representantes de comercio es de 3.751, 20 euros mensuales.
Los artistas y profesionales taurinos tienen para el año 2018 una base de cotización máxima de 3.751, 20 euros al mes.
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