La nueva reforma fiscal entrará en vigor el 1 de Enero en 2015. A continuación enumeramos los principales cambios, si tienes cualquier duda contacta con nosotros.
Cambios a tener en cuenta;
1- Se reducen los tramos de siete a cinco.
El tipo mínimo pasa del 24, 75% al 20% en 2015 y al 19% en 2016. El tipo máximo pasa del 52% al 47% en 2015 y al 45% en 2016.
2- Se incrementa el mínimo de tributación de modo que los asalariados que ganen menos de 12.000 € al año, salvo que procedan de diversos pagadores, dejarán de tributar.
3- Se elevan los mínimos personales y familiares.
4- Se crean beneficios fiscales para personas que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y tengan a su cargo ascendientes o descendientes con discapacidad.
Estos beneficios constan de 1.200 € por cada descendiente o ascendiente con discapacidad.
Se puede solicitar a la AEAT el abono con carácter anticipado, a razón de 100 €/mes.
5- Se suprime el beneficio fiscal de los coeficientes de corrección monetaria para el cálculo del incremento patrimonial obtenido por la transmisión de un inmueble.
6- Se mantienen los coeficientes de abatimiento pero con la limitación de 400.000 € por cada contribuyente.
7- Se crea la exención de las plusvalías para mayores de 65 años si constituyen una renta vitalicia con las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de cualquier bien de su patrimonio.
Deberá destinarse la ganancia patrimonial a la constitución de una renta vitalicia en el mismo año en el que se produce la alteración del patrimonio y en el plazo de seis meses desde ésta.
8- Se constituye la exención tributaria en los supuestos de daciones en pago de la vivienda habitual siempre que el deudor no disponga de otros bienes o derechos que permitan la satisfacción de la deuda.
Esta exención tiene efectos retroactivos desde enero de 2014 y ejercicios anteriores que todavía no hayan prescrito.
9- Los dividendos inferiores a 1.500 € dejarán de estar exentos, eso sí, disminuyen los tipos impositivos del ahorro.
Hasta 6.000 € la tributación baja del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016, desde 6.000 € a 50.000 € el tipo se reduce al 22% en 2015 y al 21% en 2016, y a partir de 50.000 € el tipo impositivo estará en el 24% en 2015 y en el 23% en 2016.
10- Se crean los Planes “Ahorro 5” para potenciar el ahorro a medio y largo plazo. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de 5 años.
11- Todas las ganancias o pérdidas se integrarán en la base del ahorro, y no solo las obtenidas sin que hubiese pasado un año desde el momento de la compra.
12- Se limitan las aportaciones a los planes de pensiones a 8.000 € anuales máximos, sin que pueda superar el 30% de la suma de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas.
13- Se permite el rescate anticipado de los planes y fondos de pensiones a partir del décimo año de antigüedad de las aportaciones, si bien las aportaciones anteriores a 2015 no podrán sacarse hasta el año 2025.
14- Se establece un mínimo exento de 180.000 € en la tributación de las indemnizaciones por despido.
15- Se considera como actividad económica la retribución recibida en concepto de prestación de servicios profesionales por parte del socio.
16- Se elimina en los alquileres de vivienda la reducción del 100% para los arrendamientos a jóvenes menores de 30 años.
17- Para los arrendatarios, se elimina la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos que se firmen a partir del 1 de enero de 2015.
18- La retención de los autónomos pasará del 21% al 19% en 2015 y al 18% en 2016.
19- Se simplifica el régimen de estimación objetiva (módulos) a partir del 1 de enero de 2016.
Enlace a la publicación en el Boletín Oficial del Estado;
http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/28/pdfs/BOE-A-2014-12327.pdf
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